Una sentencia en contra de la compañía de vuelos baratos Vueling puede salir cara a ésta y otras aerolíneas si, por sistema, los clientes presentan demandas judiciales cada vez que se cancela un vuelo. Es lo que hizo Felipe Izquierdo por un viaje de Madrid a Barcelona que no pudo hacer hasta casi cuatro horas más tarde de lo que marcaba su billete. La sentencia, la primera de estas características que tiene la compañía, condena a Vueling Airlines SA a indemnizar a Izquierdo con 250 euros, una cifra que podría haber alcanzado los 25.000 euros si el centenar de personas que debían coger ese mismo vuelo se hubiera sumado a la demanda. Y es que para el juez, no disponer de aviones suficientes para hacer frente a posibles eventualidades no puede ser considerado un caso excepcional, situación que según la ley, y una vez demostrado, eximiría a las aerolíneas de pagar compensaciones en caso de reclamación.

El caso que recoge la sentencia se remonta al 19 de marzo. Vueling canceló el vuelo de Madrid a Barcelona que debía efectuarse a las 17.10 horas. Para compensar al pasaje, les proporcionó otro vuelo a las nueve menos diez de la noche, el siguiente que tenía programado la compañía y que salía casi cuatro horas más tarde. Pero Felipe Izquierdo consideró que no era suficiente y exigió la devolución de su billete. “Hay una gran desatención y un enorme desequilibrio entre las obligaciones de las aerolíneas y las del usuario. Se piensan que con un bocadillo lo solucionan todo”, comenta indignado. Por eso se decidió a demandarles, no sin antes haber enviado una carta a Vueling por fax haciendo su reclamación. “Me contestaron que el vuelo no fue cancelado, sino reprogramado y que por eso no procedía mi requerimiento”, explica Izquierdo. “Se hizo todo lo que estaba en nuestras manos en beneficio de los clientes”, explican fuentes oficiales de la compañía. Por eso están muy sorprendidos de la demanda, la primera que un cliente les interpone.

Al parecer, el avión que debía hacer el citado trayecto había tenido problemas en un vuelo anterior. No pudo aterrizar en París debido a la niebla y tuvo que ser desviado a Bruselas, con lo que no pudo llegar a tiempo para el que tenía programado en Madrid. Para la compañía, éstas son “circunstancias extraordinarias” y así se dieron a conocer en el juicio. Sin embargo, el juez no lo entiende así, tal como refleja en la sentencia al argumentar que “no puede considerarse una circunstancia extraordinaria que la compañía no tenga aviones suficientes para cubrir este tipo de eventualidades”.

La compañía ya ha anunciado que no recurrirá y acatará el dictamen judicial. Izquierdo, por su parte, alienta a otros usuarios a que se unan y sigan el mismo procedimiento: “Las hojas de reclamaciones no sirven para nada”, sentencia.

Via La vanguardia